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Luz del Mundo: Víctimas Impugnan "Carpetazo" en Caso de Trata y Explotación

Luz del Mundo: Víctimas Impugnan "Carpetazo" en Caso de Trata y Explotación
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Víctimas y sobrevivientes de la Iglesia de la Luz del Mundo denunciaron lo que consideran un intento de carpetazo por parte de la Fiscalía General de la República (FGR), al determinar que las conductas investigadas desde 2019 no encuadran como trata de personas. Ante esta decisión, las denunciantes han decidido impugnar la resolución, buscando que se reabra la investigación.

La controversia surge a partir de la determinación del Ministerio Público federal de que los hechos denunciados no cumplen con la tipificación legal de trata de personas y delincuencia organizada, según lo expresado por Sóchil Martin, Sharim Guzmán y Ada Camarena. Las víctimas argumentan que esta resolución no fue comunicada de manera transparente, sino que fue descubierta a través de la revisión del expediente, lo que motivó su impugnación ante el Poder Judicial de la Federación.

La investigación original se inició gracias a los testimonios de personas que lograron escapar de la organización religiosa, quienes relataron presuntos esquemas de control interno, coerción, manipulación psicológica, abuso sexual y explotación, especialmente hacia menores de edad y jóvenes miembros de la congregación. Estos testimonios fueron integrados a la carpeta de investigación y considerados relevantes durante años por el Ministerio Público.

Las denunciantes señalan que la decisión de no ejercer la acción penal se produjo poco después de la llegada de Ernestina Godoy a la cabeza de la FGR, lo que consideran un factor importante en el cambio de enfoque institucional respecto al caso. Ada Camarena cuestiona la lógica de la Fiscalía, señalando una contradicción en su argumentación: la FGR afirma que no hay delito, pero al mismo tiempo describe conductas que podrían serlo.

Camarena argumenta que esta interpretación jurídica tiene consecuencias significativas, ya que no implica necesariamente la negación de los hechos denunciados, sino su exclusión del tipo penal bajo el cual fueron investigados durante siete años. No puedes decir que hay hechos que podrían constituir delito y al mismo tiempo concluir que no encajan en ninguna figura , enfatizó, añadiendo que esta interpretación obstaculiza la continuación de la investigación por delincuencia organizada y trata de personas.

Sóchil Martin y Sharim Guzmán, sobrevivientes de la organización, destacaron la importancia de sus testimonios para documentar el funcionamiento interno de la iglesia. Sus declaraciones fueron utilizadas como evidencia en procesos judiciales en Estados Unidos contra el líder de la organización, Naasón Joaquín García, quien fue condenado a 16 años y 8 meses de prisión tras declararse culpable de delitos sexuales contra menores de edad.

Las denunciantes afirman que la denuncia presentada en México expuso la existencia de una red de presunta trata de personas, explotación sexual y pornografía infantil , que, según su comunicado, sigue operando en México de manera impune . Además, esta red también está siendo investigada en Nueva York por presunta delincuencia organizada.

Las víctimas insisten en que el caso no debe ser visto como una serie de incidentes aislados, sino como la posible existencia de una estructura sistemática de explotación que habría operado durante años. Esta red incluiría delitos como trata de personas, abuso sexual, lavado de dinero y otras conductas ilícitas, respaldadas por mecanismos internos de control, adoctrinamiento religioso, jerarquías cerradas y presunta protección de actores externos.

Las denunciantes acusan a la Fiscalía de intentar cerrar el caso, mantener en la impunidad a los líderes de la Luz del Mundo y permitir que continúen con la presunta trata de personas, incluyendo menores de edad, y el lavado de dinero en México.

Dentro de las acusaciones incluidas en la denuncia, las víctimas mencionan a diversas personas vinculadas política y religiosamente con la organización, incluyendo al exsenador Israel Zamora, a los líderes religiosos Rogelio Zamora Barradas y Nicolás Menchaca, y a los políticos Emmanuel Reyes Carmona y Hamlet García Almaguer, a quienes atribuyen diferentes niveles de participación, cercanía o relación con la estructura investigada.

Las denunciantes recuerdan que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloqueó en 2020 seis cuentas bancarias relacionadas con la organización religiosa por un monto superior a 300 millones de pesos, como parte de investigaciones por presunto lavado de dinero. Consideran que este antecedente no fue valorado adecuadamente en la determinación final de la Fiscalía.

También señalan la detención en 2025 de 38 personas en Vista Hermosa, Michoacán, identificadas como integrantes del grupo conocido como Yaser , descrito como una guardia interna de la organización religiosa. Según las denunciantes, este grupo operaba en zonas con presencia del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) y había recibido entrenamiento paramilitar, lo que consideran un elemento adicional que refuerza la acusación de delincuencia organizada.

A pesar de estos elementos, la Fiscalía decidió cerrar la investigación argumentando que los hechos no encuadran en los delitos de trata de personas y delincuencia organizada, lo que llevó a la impugnación del carpetazo .

El caso será revisado por el juez federal de control, Juan José Rodríguez Velarde, en una audiencia programada para el 16 de abril de 2026 en el Centro de Justicia Penal Federal del Complejo Penitenciario de Puente Grande, Jalisco. El juez deberá determinar si la resolución del Ministerio Público se mantiene o si el expediente debe reabrirse para continuar la investigación.

Las víctimas consideran que esta etapa judicial es crucial, no solo para el futuro inmediato del caso, sino también porque representa una revisión de una determinación ministerial que, según su perspectiva, ignoró múltiples elementos probatorios relevantes. La decisión del juez podría tener implicaciones significativas para las víctimas y para la búsqueda de justicia en este complejo caso.

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