La Fiscalía ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) en el que solicita la anulación de la sentencia del Tribunal Supremo que condenó al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por la filtración de la confesión de culpa del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. El recurso argumenta que la sentencia vulnera cinco derechos fundamentales de García Ortiz, tanto durante la investigación judicial como en la propia sentencia.
El Ministerio Fiscal defiende que García Ortiz se limitó a ejercer su deber de informar verazmente utilizando datos ya conocidos, frente a las imputaciones delictivas falsas que aparecieron en los medios de comunicación. La Fiscalía denuncia que el Supremo realizó una valoración sesgada e irrazonable de los testimonios de los periodistas que aseguraron tener el correo electrónico de la confesión de fraude fiscal antes de que lo obtuviera el fiscal general, o que negaron categóricamente que este fuera su fuente.
El recurso acusa a los magistrados de la Sala Segunda del Supremo Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela de realizar una interpretación del derecho constitucional de los periodistas a no revelar sus fuentes que supone una grave coacción moral sobre los informadores. Cuestiona que el Supremo considere que existe una suerte de licencia constitucional para mentir que invalida la credibilidad del testimonio de descargo de un periodista que se ha acogido al secreto de fuentes.
La Fiscalía también argumenta que la condena se basó en una prueba indiciaria débil, excesivamente abierta y con explicaciones alternativas más razonables que la culpabilidad. Se rebate así algunos de los principales indicios que sustentan el fallo. Uno de ellos es la llamada de cuatro segundos que García Ortiz recibió de Miguel Ángel Campos, periodista de la Cadena SER, a quien la sentencia señala como el receptor de la filtración. La Fiscalía sostiene que esa llamada es compatible con un buzón de voz o una llamada no atendida, tal y como testificó Campos, quien afirmó que la llamada duró solo cuatro segundos porque el fiscal general no respondió y saltó el buzón de voz. García Ortiz, por su parte, declaró que en ese momento estaba manteniendo una conversación con la jefa de la fiscalía provincial de Madrid.
Otro indicio cuestionado es la prisa por conseguir los correos electrónicos, que la sentencia interpreta como un deseo de filtrarlos. La Fiscalía defiende que la urgencia se debió a la necesidad de desmentir un bulo propagado por el entorno de la Comunidad de Madrid. Además, cuestiona la afirmación de la sentencia sobre el círculo reducido que pudo acceder al correo filtrado, argumentando que circuló por numerosas carpetas compartidas a las que tuvieron acceso decenas de personas.
El Supremo consideró que García Ortiz, o alguien de su entorno , filtró un correo electrónico del abogado de González Amador a la prensa, además de difundir su confesión de fraude fiscal en un comunicado. La Fiscalía considera impropia del razonamiento probatorio de una sentencia penal esa críptica referencia al entorno del acusado y critica que la sentencia no haga el más mínimo esfuerzo en delimitar ese entorno .
El recurso también alega vulneración del derecho a la intimidad, al secreto de las comunicaciones y a un proceso justo en relación con el registro realizado por la Guardia Civil en el despacho del fiscal general, calificándolo de ilegal . La Fiscalía sostiene que la orden del juez instructor de ordenar el registro y la incautación de mensajes y correos, inicialmente sin límites temporales claros, fue una medida indiscriminada y desproporcionada , inapropiada para este tipo de delito y que no tuvo en cuenta la sensibilidad de la información custodiada.
El Supremo, en una decisión relacionada, ha rebajado las costas que debe pagar el ex fiscal general al abogado de la pareja de Ayuso, fijándolas en 39.000 euros.
Asimismo, la Fiscalía considera que la sentencia vulneró el derecho de García Ortiz a conocer la acusación, ya que introdujo de forma sorpresiva la condena como un delito autónomo por la nota de prensa emitida por la Fiscalía en marzo de 2024 para combatir los bulos relacionados con el caso. También se alega una vulneración del principio de legalidad al haber condenado al entonces fiscal general por publicar una nota de prensa que contenía información ya de dominio público, argumentando que no se puede revelar un secreto que ya circula en los medios de comunicación.
El recurso de la Fiscalía se produce en un contexto de alta tensión política y judicial, con implicaciones directas en la figura del ex fiscal general y en la investigación del caso de fraude fiscal que afecta a la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid. La decisión del Tribunal Constitucional será clave para determinar el futuro de este caso y para establecer los límites de la protección del secreto de fuentes periodísticas en España. La defensa de García Ortiz ha acogido favorablemente este recurso, confiando en que el Tribunal Constitucional restituya sus derechos fundamentales y anule la sentencia condenatoria. El caso sigue generando debate y controversia en el ámbito jurídico y político, con implicaciones que podrían extenderse a otros ámbitos de la administración de justicia. La presentación de este recurso marca un nuevo capítulo en una saga judicial que ha captado la atención pública y que plantea interrogantes sobre la independencia del poder judicial y la protección de los derechos fundamentales en el marco de una investigación de alto perfil.












