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SAT Revoca Estatus de Donatarias a 270 Asociaciones Civiles

SAT Revoca Estatus de Donatarias a 270 Asociaciones Civiles

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) revocó el estatus de donatarias deducibles de impuestos a 270 asociaciones civiles, incluyendo organizaciones como el Instituto Mexicano para la Competitividad, Mexicanos Primero y México Evalúa. La medida, anunciada el 9 de enero a través del Diario Oficial de la Federación, se basa en criterios técnicos y no políticos, aseguró el SAT.

La revocación no impide que estas organizaciones continúen recibiendo donativos, pero sus financiadores ya no podrán deducir esas contribuciones de sus impuestos. El SAT explicó que la causa principal de la revocación fue la falta de documentación que acredite que las investigaciones realizadas por estas asociaciones son de carácter científico, requisito indispensable considerando que su autorización inicial se basó en este rubro.

Gari Flores Hernández, administrador general de Recaudación del SAT, enfatizó que la institución actúa con base en criterios técnicos y no considera razones sociales o socios al tomar decisiones. Cuando algún contribuyente no cumple algún requisito, sin entrar en detalle, no procede , afirmó en conferencia de prensa. El SAT dio a las asociaciones el derecho a ser escuchadas y subsanar irregularidades, pero estas no fueron atendidas en el plazo legal establecido.

Para recuperar el estatus de donatarias, las organizaciones deberán acreditar que sus investigaciones cumplen con los estándares científicos establecidos en la nueva ley de ciencia, presentando la documentación correspondiente. El SAT informó que el año pasado se dieron de baja a más de 270 donatarias por incumplimientos similares, reiterando que el cumplimiento de los requisitos legales es fundamental para mantener este beneficio fiscal.

El funcionario aclaró que el SAT no es responsable de autorizar a las organizaciones civiles como donatarias, pero que los trámites deben resolverse en un plazo máximo de tres meses cuando la ley no especifica un tiempo determinado.

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