La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso de detención ilegal y tortura en perjuicio de Pedro Baque Tuárez y la ejecución extrajudicial de los hermanos Carlos Enrique y Pedro Jorge Jaramillo Mera, ocurrido en 1999, en la provincia de Manabí, Ecuador.
Según el expediente, el 11 de febrero de 1999, Pedro Baque, Carlos Jaramillo y Pedro Jaramillo se encontraban viajando en motocicleta cuando fueron detenidos por un grupo de policías bajo el argumento de que eran sospechosos del homicidio de un agente policial. Durante la detención, Pedro Jorge y Carlos Jaramillo fueron ejecutados extrajudicialmente, mientras que Pedro Baque fue sometido a torturas y recibió múltiples disparos.
La CIDH puntualizó que las víctimas no fueron informadas de las razones de su detención ni presentadas ante una autoridad competente, y que la investigación fue realizada por órganos vinculados a los propios acusados. Además, se omitieron diligencias esenciales, como la práctica de autopsias y el reconocimiento oportuno del lugar de los hechos, lo que impidió el esclarecimiento pleno de las responsabilidades.
En este marco, la Comisión consideró que la falta de diligencia y de control en la captura de las personas condenadas constituyó una violación del deber estatal de garantizar justicia. Asimismo, concluyó que los actos sufridos por Carlos Jaramillo y Pedro Baque fueron intencionales, causaron intenso sufrimiento físico y tuvieron como propósito obligar a los jóvenes a confesar delitos que no cometieron, por lo cual consideró que constituyeron tortura.
La CIDH solicitó a la Corte IDH cuatro medidas de reparación, entre ellas la investigación y sanción de los responsables, la reparación integral a las víctimas y sus familiares, y la adopción de medidas de no repetición.
Este caso pone de manifiesto las graves violaciones a los derechos humanos que aún persisten en la región y la importancia de que los Estados cumplan con su deber de garantizar la justicia y la protección de los derechos fundamentales de todas las personas.












