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Fiscal recurre absolución de yihadista que asesinó a sacristán en Algeciras

Fiscal recurre absolución de yihadista que asesinó a sacristán en Algeciras
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En un hecho que conmocionó a España, el fiscal Emilio Miró ha recurrido la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al autor del asesinato con un machete del sacristán de una iglesia de Algeciras (Cádiz) en 2023. Si bien el tribunal consideró al acusado, Yassine Kanjaa, responsable de la muerte, le aplicó la eximente completa de enajenación mental y ordenó su internamiento en un establecimiento psiquiátrico penitenciario por un máximo de 30 años.

En su recurso, el fiscal pretende que el asesinato del sacristán, el intento de asesinato de un sacerdote y las lesiones a un joven marroquí sean calificados de terroristas. Esto permitiría abonar a las víctimas las indemnizaciones que le han sido impuestas, en aplicación de la Ley de Victimas del Terrorismo.

El recurso no se dirige contra la absolución del acusado, sino que invoca una infracción de precepto legal en la calificación de los hechos. La Fiscalía sostiene que, dadas las circunstancias probadas -lugar de los hechos (dos iglesias), personas afectadas (del ámbito religioso) y el acceso a contenido radical por parte del acusado-, los hechos deben ser calificados de terrorismo.

Los dos magistrados que suscribieron la sentencia, con el voto particular discrepante de la magistrada Carolina Rius, entendieron que debido a la enfermedad mental del acusado, éste no podía darle a sus actos la intencionalidad que requieren los delitos de terrorismo.

Sin embargo, el fiscal apela a que la Audiencia Nacional ya ha admitido con anterioridad "la compatibilidad de la calificación" de terrorismo "y la presencia de anomalías o alteraciones psíquicas", e invoca seis sentencias dictadas en ese sentido.

Asimismo, el recurso apunta a que los hechos probados "describen un acelerado proceso de radicalización religiosa que actuó como móvil de los delitos cometidos". De hecho, el acusado habría "confesado" su acción, reconociendo que quería matar a la gente que le hacía daño con Satán, y que se dirigió al cura porque es "enemigo de Dios", con la intención de cortarle la cabeza.

La Fiscalía considera que calificar los hechos como terrorismo "permite una respuesta adecuada" a lo ocurrido, "especialmente dirigida a proteger a las víctimas". Esto, sin perjuicio de que, si se estima que Kanjaa tenía totalmente alteradas sus capacidades mentales, le sea apreciada la eximente completa y quede absuelto con la aplicación de la medida de internamiento.

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