El Estado peruano ha sido declarado en rebeldía por una corte federal de Estados Unidos en el caso del Aeropuerto Internacional de Chinchero, tras no cumplir con el pago de una indemnización superior a los 91 millones de dólares dispuesta por un tribunal arbitral internacional a favor del consorcio Kuntur Wasi.
La declaración de rebeldía implica que Perú no contestó ni presentó defensa dentro del plazo legal en el proceso judicial seguido en Estados Unidos, por lo que el juez resolvió sin considerar su posición y ratificó la obligación de efectuar el pago.
El conflicto se remonta a 2017, cuando el Estado peruano decidió resolver de manera unilateral el contrato de concesión que había firmado con el consorcio Kuntur Wasi para la construcción y operación del aeropuerto de Chinchero, en Cusco. El contrato, inicialmente adjudicado en 2014 y modificado en 2016, fue cancelado por el Gobierno de ese entonces, que consideró que los cambios realizados resultaban desfavorables para el Estado.
Kuntur Wasi sostuvo que la resolución del contrato fue arbitraria e injustificada, por lo que llevó el caso a un arbitraje internacional ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), un tribunal del Banco Mundial especializado en disputas entre Estados e inversionistas. En mayo de 2024, el CIADI falló a favor de Kuntur Wasi y ordenó al Estado peruano pagar una indemnización de $91 205 056, más intereses, por los daños ocasionados tras la terminación del contrato.
Aunque el laudo del CIADI constituye una decisión internacional, su cobro no es automático. Por eso, Kuntur Wasi recurrió a una corte federal de Estados Unidos, una jurisdicción que permite la validación de laudos internacionales para su cobro. Ahora, la corte estadounidense ha declarado en rebeldía a Perú, lo que confirma la obligación previamente establecida por el tribunal arbitral internacional y habilita a la empresa a explorar mecanismos legales para exigir el pago en el extranjero, mientras el monto continúa aumentando debido a los intereses.
Este caso pone de manifiesto los riesgos que enfrentan los Estados al resolver unilateralmente contratos de concesión con inversionistas extranjeros, y la importancia de respetar los acuerdos y laudos internacionales, incluso cuando no se está de acuerdo con ellos.












