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Junta Electoral de Aragón rechaza limitar el discurso de fin de año del presidente Azcón

Junta Electoral de Aragón rechaza limitar el discurso de fin de año del presidente Azcón

La Junta Electoral de Aragón ha rechazado la solicitud del PSOE de Aragón para imponer restricciones previas al discurso institucional de fin de año que pronunciará el presidente autonómico, Jorge Azcón, el próximo 31 de diciembre.

Según informó el organismo electoral, la petición del PSOE pretendía limitar el contenido del mensaje del presidente, exigiendo que se restringiera estrictamente a referencias institucionales y excluyera cualquier mención a logros de gobierno, acciones realizadas, programas o valoraciones sobre su gestión, así como críticas a otras administraciones o cualquier señal identificable con propaganda de alguna candidatura.

Sin embargo, la Junta Electoral de Aragón consideró que el discurso responde al hecho de que Azcón ejerce la presidencia, y no a una representación partidista o de campaña, por lo que no puede considerarse una infracción a la normativa vigente ni a las disposiciones de la ley electoral.

En su resolución, el órgano electoral sostiene que no procede anticipar restricciones previas sobre la comparecencia televisiva del presidente, al tratarse de un acto ordinario ligado a su posición institucional y no a su condición como candidato. Además, señala que la legislación electoral no prohíbe a los dirigentes institucionales aparecer en medios públicos fuera de la campaña electoral formal pero dentro del periodo electoral, siempre y cuando no se produzca solicitud directa del voto.

La Junta Electoral de Aragón enfatizó que tanto el formato del discurso institucional del día 31 de diciembre, como su emisión en la radiotelevisión pública ATV, cumplen con la condición de acto ordinario vinculado al cargo. Asimismo, advirtió sobre los cauces legales disponibles para denunciar cualquier infracción observada después de la emisión, lo que otorga margen para que los interesados presenten alegaciones si consideran que no se cumplen los principios fijados en la normativa electoral.

De esta manera, el discurso de Azcón podrá emitirse en los términos habituales, bajo el deber legal de neutralidad impuesto a los representantes públicos en periodo electoral. La Junta Electoral de Aragón concluyó que solo una evaluación posterior sobre el contenido permitiría valorar si la intervención vulneró los principios de pluralismo, objetividad o neutralidad, dejando descartada la posibilidad de imponer restricciones previas sobre el desarrollo del mensaje institucional.

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