¿Puede una empresa enfrentar responsabilidad penal? Con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal dominicano, la respuesta es sí. Este cambio de paradigma introduce la responsabilidad de las personas jurídicas, lo que exige la implementación de planes de cumplimiento normativo. Sin embargo, esta innovación plantea retos inmediatos para el sistema de justicia.
Aunque las organizaciones son ficciones legales, son sujetos de derecho con garantías constitucionales que deben ser respetadas. El derecho de defensa es fundamental para el debido proceso; esto implica la obligación de informar a la entidad sobre los hechos imputados, las normas violadas y las posibles consecuencias jurídicas. Para evitar la nulidad del proceso, las notificaciones deben realizarse en el domicilio del registro mercantil o a través de un gerente o administrador.
Actualmente, existe un debate sobre si la Oficina Nacional de la Defensa Pública debe brindar asistencia técnica a las personas jurídicas que carecen de abogados. A pesar de las limitaciones presupuestarias y de personal que enfrenta esta institución, su función constitucional es asegurar el derecho a la defensa y permitir el ejercicio del contradictorio.
El problema de fondo radica en la falta de armonía entre el nuevo Código Penal y el Código Procesal Penal. El legislador omitió crear mecanismos para situaciones complejas, como la ausencia de un gerente establecido o la representación en empresas de carpeta. Estos vacíos legales podrían ser utilizados para alegar violaciones a los derechos corporativos y lograr anulaciones procesales.
Para resolverlo, es indispensable que el Congreso Nacional modifique el Código Procesal Penal. Se requiere establecer un procedimiento que valide el apoderamiento de abogados y regule la intervención de la Defensa Pública, garantizando así que el sistema de justicia no deje espacios grises.
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