El Séptimo Juzgado de Santiago ha generado una intensa controversia tras autorizar el traslado al extranjero del general en retiro Ricardo Yáñez. El exuniformado, quien se encuentra actualmente imputado en la denominada causa “Alto Mando”, recibió el permiso judicial para viajar a Brasilia, Brasil, con el objetivo de asistir a un encuentro organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). La resolución judicial establece que Yáñez podrá salir del país siempre y cuando cumpla con el pago de una caución fijada en 2 millones de pesos.
La invitación para que el general participe en este evento internacional fue cursada por Eduardo Vergara, quien se desempeña como jefe de la División de Seguridad Ciudadana y la Alianza para la Seguridad, la Justicia y el Desarrollo del BID. Es relevante notar que Vergara fue subsecretario de Prevención del Delito durante la administración del presidente Gabriel Boric. El encuentro, programado para los días 5 y 6 de agosto, se centrará en el diálogo entre autoridades regionales y representantes de instituciones de seguridad y justicia bajo la temática de “Sistemas Penitenciarios Inteligentes contra el crimen organizado: innovación y cooperación”.
La situación legal de Ricardo Yáñez es compleja, ya que es una pieza central en la causa “Alto Mando”, donde se le imputan más de 200 delitos relacionados con apremios ilegítimos por omisión cometidos durante el periodo del estallido social. Debido a este proceso, el general mantenía medidas cautelares que incluían el arraigo nacional y la obligación de firmar mensualmente ante el tribunal.
Ante la invitación del BID, su abogado defensor, Jorge Martínez Cornejo, solicitó una audiencia para revisar dichas medidas. En el escrito presentado, Martínez argumentó que la convocatoria a Yáñez se basa en su “trayectoria policial” y que su presencia en Brasilia es fundamental para la Asociación Chilena de Municipalidades, organización donde el general trabaja actualmente como director del Centro de Estudios y Gestión Estratégica de Seguridad Municipal (Ceges). El defensor destacó que las municipalidades están realizando labores de seguridad en sus territorios en colaboración con las policías del Estado, hecho que justifica la relevancia de su participación.
Durante la audiencia de revisión de medidas cautelares, liderada por la jueza Carla Capello, se reveló que el Ministerio Público llegó a un acuerdo con la defensa para fijar la fianza en 2 millones de pesos. Si bien algunos querellantes manifestaron su oposición, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) optó por dejar la decisión final a criterio del tribunal, lo que permitió que la magistrada aceptara la solicitud.
Este monto de la fianza ha sido el punto más crítico de la resolución. Fuentes judiciales comparan esta cifra con el caso de Sergio Yáber, conservador de Puente Alto e imputado en el Caso Muñeca Bielorrusa, a quien el mismo tribunal le fijó una caución de 150 millones de pesos la semana pasada para permitirle un viaje a Argentina por motivos domésticos. La disparidad entre los 2 millones de Yáñez y los 150 millones de Yáber ha sido calificada como significativa.
La abogada querellante Karinna Fernández calificó la determinación de la jueza Capello como “inaceptable” y anunció que interpondrán un recurso de apelación. Fernández criticó duramente que la autorización se basara en la postura “permisiva” del Ministerio Público y, especialmente, del INDH, organismo al que acusó de incumplir sus obligaciones de garantía y protección en un momento de tensiones presupuestarias y de rol. Asimismo, la abogada señaló la existencia de “redes de influencia”, sugiriendo que la invitación cursada por un excolaborador político facilitó el cambio de medidas cautelares, además de denunciar la “nula colaboración” de Yáñez en la investigación.
Fernández informó además que ya envió una misiva al presidente del BID, Ilan Goldfajn, exponiendo los antecedentes penales de Yáñez y solicitando que el organismo dejara sin efecto la invitación.
Por su parte, el abogado Jorge Martínez Cornejo defendió la resolución, asegurando que se basa en antecedentes legales concretos y no en conjeturas. Sostuvo que su representado debe ser tratado como inocente hasta que exista una condena firme. Martínez argumentó que no existen pruebas de que Yáñez o los otros generales hayan cometido delitos de apremios ilegítimos omisivos, señalando que el general dictó 83 órdenes escritas recordando los deberes de los funcionarios en el territorio. Finalmente, aclaró que la causa no debe ser tratada como una de derechos humanos, sino como un hecho omisivo tratado como delito común según la legislación penal chilena, y que la fianza podrá ser pagada por el imputado o un tercero, siendo reintegrada a su regreso al país.

