El ministro para la Transformación Digital, Óscar López, ha comunicado este jueves la intención del Gobierno de aprobar, antes de que finalice el presente año, un real-decreto ley diseñado para asegurar la continuidad de las comunicaciones móviles en situaciones críticas. La medida busca garantizar que al menos el 75 % de la población española pueda disponer de un mínimo de cuatro horas de servicio de telefonía móvil en el supuesto de producirse un apagón eléctrico o cualquier otro tipo de catástrofe.
Durante su intervención en el foro DigitalES, el ministro López detalló que la finalidad primordial de este real decreto, centrado en la seguridad y la resiliencia de las redes de telecomunicaciones, es evitar que los ciudadanos queden incomunicados de forma inmediata ante un fallo generalizado del suministro eléctrico. La iniciativa pretende establecer un marco normativo que obligue a los operadores a mantener la operatividad de sus redes durante un tiempo prudencial para facilitar la gestión de emergencias.
En cuanto a los plazos de ejecución, el ministro ha señalado la aspiración de que la normativa esté completamente redactada y lista antes de que concluya el año 2026. Esta planificación temporal tiene como objetivo permitir que las empresas operadoras de telecomunicaciones dispongan de una base normativa clara y puedan comenzar a implementar las adaptaciones técnicas necesarias en sus infraestructuras lo antes posible.
La aplicación de este real decreto no será inmediata en su totalidad, sino que se llevará a cabo mediante un proceso de introducción gradual. El plan de despliegue establece que, durante el primer año de vigencia de la normativa, el servicio deberá estar garantizado para el 50 % de la población. En el segundo año, este porcentaje deberá ascender al 65 %, hasta alcanzar finalmente la meta del 75 % de la población cubierta al tercer año de implementación.
El origen de esta medida se encuentra en un borrador de real decreto que fue sometido a información pública el pasado 2 de diciembre de 2025. En dicho documento ya se incidía en la obligatoriedad de que los operadores de telecomunicaciones aseguraran un servicio mínimo de cuatro horas de telefonía móvil para la ciudadanía en situaciones de apagón.
Además de la cobertura general, el texto del borrador introducía distinciones técnicas basadas en la importancia de las instalaciones. Se argumentaba que los operadores deberían garantizar por ley la operatividad de aquellas infraestructuras clasificadas como de "primer nivel" durante un periodo mínimo de 24 horas. Por su parte, las infraestructuras consideradas de "nivel intermedio" deberían mantener su funcionamiento durante al menos 12 horas. Es importante destacar que la normativa no define taxativamente cuáles son estas infraestructuras, dejando que sean los propios operadores quienes realicen la clasificación de sus activos según el nivel de prioridad.
El alcance de esta norma no se limita únicamente a las operadoras de telefonía móvil. El borrador especifica que la regulación también afectará a otros actores críticos de las infraestructuras digitales. Entre ellos se incluyen los gestores de cables submarinos, los sistemas satelitales, los centros de datos y los puntos de intercambio de internet. Para estos últimos, la norma se aplicará específicamente a aquellos centros que cuenten con más de medio millón de usuarios o que registren ingresos superiores a los 50 millones de euros.
La puesta en marcha de esta iniciativa legislativa responde a la necesidad de extraer lecciones de diversos incidentes críticos ocurridos en los últimos años. El Gobierno ha basado la necesidad de esta ley en la experiencia adquirida durante la crisis de la covid-19, la erupción volcánica en la isla de La Palma y los efectos de la dana en Valencia. Asimismo, el detonante más reciente ha sido el apagón eléctrico ibérico ocurrido el 28 de abril de 2025, eventos que han puesto de relieve la vulnerabilidad de las comunicaciones en situaciones de emergencia.


