A partir de este jueves 28 de mayo y con vigencia hasta el 31 de agosto, se ha implementado una nueva jornada de restricción vehicular que afecta a la Región Metropolitana. Esta medida surge como parte fundamental del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC), una estrategia coordinada por el Ministerio de Medio Ambiente para mitigar el impacto ambiental en la zona urbana durante los meses de invierno.
La normativa establece que la prohibición de circular rige estrictamente de lunes a viernes, excluyendo los días festivos. El horario de aplicación comienza a las 07:30 horas y se extiende hasta las 21:00 horas, abarcando un amplio sector geográfico que incluye la totalidad de la provincia de Santiago, además de extenderse a las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
Para los propietarios de vehículos, es fundamental identificar la categoría de su automóvil y el último dígito de su placa patente para evitar sanciones. En el caso de los automóviles, station wagons y vehículos similares que fueron inscritos antes del 1 de septiembre de 2011 y que cuentan con el sello verde, la restricción afecta a aquellos cuyas patentes terminen en los dígitos 4 y 5. Por otro lado, para los automóviles, station wagons y similares que no poseen el sello verde, la prohibición es más amplia, afectando a los vehículos con patentes terminadas en 8, 9, 0 y 1.
En cuanto al segmento de las motocicletas, la medida se divide según la antigüedad del vehículo. Aquellas motocicletas inscritas antes del año 2002 tienen prohibido circular si su patente termina en los dígitos 8, 9, 0 y 1. Mientras tanto, las motocicletas que fueron inscritas antes del 1 de septiembre de 2010 presentan una restricción para los dígitos 4 y 5.
Un punto crítico de esta normativa es la zona comprendida dentro del anillo Américo Vespucio. En este perímetro, las reglas se vuelven más estrictas: los vehículos que no cuenten con sello verde, así como las motocicletas fabricadas antes del año 2002, tienen una prohibición absoluta de circular, independientemente del último dígito de su placa patente.
Además de la restricción general, existe un horario específico para el transporte de pasajeros y de carga. Entre las 10:00 y las 16:00 horas, se restringe la circulación de los buses de transporte privado de personas, buses interurbanos y buses rurales de pasajeros que no posean el sello verde, siempre que su patente termine en 8, 9, 0 y 1. Esta misma restricción horaria y de dígitos (8, 9, 0 y 1) se aplica al transporte de carga que no cuente con el sello verde.
El Ministerio de Transportes ha advertido que estas medidas pueden verse alteradas dependiendo de las condiciones atmosféricas. En caso de que se decrete una pre-emergencia ambiental, las autoridades informarán oportunamente sobre la implementación de dígitos adicionales que quedarán restringidos para reducir aún más la emisión de contaminantes.
Respecto a las consecuencias legales por el incumplimiento de estas normas, las multas asociadas a la infracción de la restricción vehicular oscilan entre 1 y 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). En términos monetarios, esto se traduce en un rango que va desde los $68.647 hasta los $102.970 pesos chilenos, aunque es importante precisar que el valor final de la sanción queda sujeto a la determinación de los juzgados de policía local correspondientes.
Finalmente, el cumplimiento de estas medidas será monitoreado rigurosamente a través de un despliegue coordinado. La fiscalización estará a cargo de Carabineros de Chile, trabajando en conjunto con la Unidad de Fiscalización del Ministerio de Transportes. A este esfuerzo humano se suma el apoyo tecnológico de la Red de Cámaras de Televigilancia, la cual se encuentra distribuida en diversos puntos estratégicos de toda la Región Metropolitana para asegurar el respeto a las normativas ambientales vigentes.


