El proceso administrativo orientado a la remoción del cargo del alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, ha entrado en una fase crítica debido a las advertencias emitidas por las autoridades municipales encargadas de supervisar el trámite. Este martes 26 de mayo, el Municipio de Guayaquil hizo público un pronunciamiento donde se detalla que la Comisión de Mesa, Excusas y Calificaciones ha alertado sobre una situación que podría vulnerar la validez jurídica de todo el procedimiento: la limitación del acceso del funcionario a su defensa técnica.
La controversia se centra en la imposibilidad de que el alcalde, quien se encuentra actualmente recluido en la cárcel del Encuentro, mantenga una comunicación fluida y privada con sus abogados. Según el comunicado oficial emitido por el Cabildo, la Comisión de Mesa ha solicitado formalmente al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) que se faciliten las condiciones necesarias para que el alcalde y su equipo legal puedan reunirse. La solicitud es enfática al pedir que dichos encuentros se lleven a cabo sin ningún tipo de censura y bajo un marco de plena confidencialidad.
Para la Comisión de Mesa, este punto no es un detalle menor, sino un requisito fundamental para garantizar el debido proceso. Los funcionarios advirtieron que, si se mantiene la restricción en la comunicación entre el alcalde y sus defensores, se estaría vulnerando un derecho constitucional básico: el derecho a la defensa. Esta situación, de persistir, podría afectar directamente la legalidad del proceso de remoción que se impulsa dentro del Concejo Municipal, abriendo la puerta a posibles impugnaciones o nulidades procesales.
El origen de esta alerta se remonta a un escrito presentado el pasado 18 de mayo por el equipo jurídico de Aquiles Álvarez. En dicho documento, los abogados manifestaron que, a pesar de haber realizado múltiples gestiones ante el SNAI, no han logrado concretar una reunión efectiva con su patrocinado. Esta falta de acceso ha impedido que la defensa técnica pueda coordinar la estrategia legal necesaria para responder a los cargos y trámites administrativos que se desarrollan en el marco de la remoción.
En este sentido, la defensa del alcalde sostiene que el acceso insuficiente a su cliente ha limitado la capacidad de preparar una respuesta adecuada y fundamentada dentro del proceso administrativo. La Comisión de Mesa ha respaldado esta preocupación, señalando que el hecho de impedir que el funcionario prepare su estrategia jurídica no debe ser visto como una simple limitación administrativa o un inconveniente logístico, sino como una situación que podría colocar al alcalde de Guayaquil en un estado de indefensión jurídica.
Además de la solicitud de reuniones confidenciales, la comisión ha pedido que se facilite la firma de una autorización específica. Este documento es crucial para que la defensa técnica pueda actuar legalmente como apoderada dentro del proceso de remoción, fundamentándose en lo establecido en el artículo 336 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). Sin esta firma y la debida acreditación, la capacidad de acción de los abogados quedaría severamente restringida.
La situación actual de Aquiles Álvarez, quien permanece recluido mientras avanza el trámite en el Concejo Municipal, pone de relieve la tensión entre las medidas de seguridad penitenciaria y las garantías procesales de un funcionario público. La advertencia de la Comisión de Mesa traslada el debate hacia la necesidad de asegurar que el proceso de remoción cumpla con todos los estándares legales para evitar que sea invalidado posteriormente por falta de garantías.
Con este pronunciamiento, el Municipio de Guayaquil pone la responsabilidad sobre el SNAI para resolver la situación de comunicación del alcalde. El debate ahora se centra en si se podrán restablecer las garantías del debido proceso a tiempo para que la estrategia de defensa de Aquiles Álvarez sea presentada formalmente, asegurando así que el resultado del trámite de remoción goce de plena legitimidad jurídica.

