El Consejo de Ministros de Cuba aprobó el Decreto 143/2025 y la Resolución 16/2026, una nueva regulación que moderniza la comercialización de productos agropecuarios y forestales en la isla. La normativa, publicada en la Gaceta Oficial el pasado 9 de abril, busca un sistema de distribución alimentaria más flexible, integrando a productores estatales y no estatales bajo la planificación estratégica del Estado.
Entre los objetivos principales se encuentran la diversificación de los destinos comerciales, la implementación de incentivos económicos directos, la creación de comités de compras públicas a través de licitaciones, la promoción de la incorporación de valor agregado a los productos y la actualización de precios en función de los costos y las condiciones del mercado.
La nueva legislación reconoce como actores en la comercialización a micros, pequeñas y medianas empresas (estatales, privadas y mixtas), cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, trabajadores por cuenta propio y poseedores legítimos de tierras. Una de las novedades más relevantes es la autorización para que los productores vendan libremente sus excedentes una vez cumplidas las entregas contratadas, sin necesidad de permisos de traslado, siempre y cuando se acredite el cumplimiento a través de una certificación emitida por la entidad correspondiente.
Se institucionalizan comités de contratación a nivel provincial y municipal, liderados por gobernadores e intendentes, con la participación de productores, empresas, MIPYMES, trabajadores por cuenta propia y representantes del sector bancario y financiero. El sistema de precios se estructura en tres categorías: centralizados, concertados y por acuerdo, con diferenciaciones para productos orgánicos certificados y aquellos con garantía agroecológica.
Para el consumo social, se establecerán comités de compras públicas en instituciones como escuelas y hospitales, operando mediante licitaciones abiertas o cerradas y evaluando anualmente a los proveedores en función de la calidad, oportunidad y precio. La normativa también incorpora mecanismos de digitalización y control, como el Sistema de Información de la Producción Agropecuaria (SIPA), la bancarización obligatoria y la facturación electrónica a través del sistema Versat Sarasola. Se establecen multas de 60 a 200 cuotas para las infracciones.
El decreto deroga el Decreto 35/2021, el Decreto 71/2022 y la Resolución 137/2021, entrando en vigor 30 días hábiles después de su publicación. Especialistas consideran que esta normativa representa una apertura controlada del comercio agropecuario, reduciendo la burocracia y formalizando la participación del sector no estatal.
Suscríbete a Noticias lat para más noticias.












