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Frei Montalva: Ex Agente de la DINA No Recibirá Indemnización Tras Absolución

La Corte Suprema dictaminó que el fallo de 2019, que condenó como culpable al exagente de la DINA no fue "injustificadamente erróneo" y rechazó que el Estado deba pagarle una indemnización al demandante.

Frei Montalva: Ex Agente de la DINA No Recibirá Indemnización Tras Absolución

La Corte Suprema de Chile rechazó de manera unánime la solicitud presentada por Raúl Diego Lillo Gutiérrez, exagente civil de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quien buscaba una declaración judicial previa para demandar al Estado y obtener una indemnización por lo que consideraba un error judicial. Lillo había sido condenado en 2019 por su presunta participación en el homicidio del expresidente Eduardo Frei Montalva, pero la sentencia fue anulada en 2021 por la Corte de Apelaciones de Santiago y posteriormente reafirmada por la Corte Suprema en 2023, que finalmente absolvió a todos los acusados, determinando que la muerte de Frei Montalva no fue producto de un homicidio premeditado.

El caso, que se extendió por décadas, estuvo marcado por la controversia y la búsqueda de la verdad sobre las circunstancias de la muerte de Frei Montalva, quien falleció el 25 de enero de 1982 en la Clínica Santa María de Santiago, aparentemente a causa de complicaciones tras una operación de hiato. La familia del expresidente siempre sospechó que su muerte no fue natural y que podría haber sido resultado de un crimen político, lo que llevó a una larga y compleja investigación judicial.

Lillo Gutiérrez había sido procesado y condenado inicialmente por el ministro en visita Alejandro Madrid, quien lo declaró coautor del crimen y lo sentenció a cinco años de prisión en el excentro penitenciario Punta Peuco. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago revirtió esta decisión en 2021, declarando la inocencia de Lillo y de los demás condenados. Esta absolución fue ratificada por la Corte Suprema en 2023, que descartó la hipótesis del homicidio y concluyó que no existían pruebas suficientes para acreditar la participación de nadie en la muerte de Frei Montalva.

A pesar de su absolución, Lillo buscaba una indemnización del Estado, argumentando que había sido víctima de un error judicial. Su solicitud se basaba en la idea de que la condena inicial había sido injusta y que había sufrido daños como consecuencia de ello. Sin embargo, la Corte Suprema no estuvo de acuerdo con este argumento.

En su fallo, la Suprema remarcó que las decisiones tomadas durante la etapa inicial del proceso se basaban en un conjunto amplio de antecedentes, incluyendo declaraciones de testigos, peritajes, informes científicos y pruebas documentales. Según el tribunal, en ese momento existían elementos que llevaron al juez de primera instancia a formarse la convicción de que se había cometido un homicidio y que Lillo Gutiérrez tenía responsabilidad penal en él.

La Corte Suprema también señaló que la valoración de las pruebas realizada en las primeras etapas del proceso cumplía con las exigencias establecidas en la ley procesal penal y que no podía atribuirse a una decisión irreflexiva o caprichosa. Además, el tribunal argumentó que una diferencia posterior de criterio entre tribunales no es suficiente, por sí sola, para configurar un error judicial indemnizable.

En otras palabras, la Corte Suprema consideró que, aunque la sentencia inicial fue finalmente revocada, el juez de primera instancia había actuado de manera racional y ajustada al mérito del proceso al condenar a Lillo Gutiérrez. El hecho de que tribunales superiores hayan llegado a una conclusión diferente no significa, según la Suprema, que la condena inicial fuera injustificadamente errónea o arbitraria.

El fallo concluye que “no se presentan los presupuestos para calificar al auto de procesamiento y a la sentencia condenatoria de primer grado como injustificadamente erróneos o arbitrarios”, ya que ambas resoluciones revelaron “un actuar racional y ajustado al mérito del proceso”, aunque el desenlace hubiese sido distinto al que prevaleció en instancias superiores. Por lo tanto, la solicitud de Lillo Gutiérrez fue rechazada.

La decisión de la Corte Suprema pone fin a un capítulo largo y doloroso en la historia de Chile, marcado por la búsqueda de la verdad y la justicia en torno a la muerte de Eduardo Frei Montalva. La investigación se extendió por años, luego de que la familia del expresidente planteara judicialmente que su muerte podía corresponder a una acción criminal y no únicamente a complicaciones clínicas. Sin embargo, el máximo tribunal descartó esta hipótesis, al resolver que no existían antecedentes para probar el homicidio ni un encubrimiento.

El caso Frei Montalva es un ejemplo de la complejidad de los procesos judiciales y de la dificultad de establecer la verdad en casos de alta sensibilidad política. La investigación se vio obstaculizada por la falta de pruebas concluyentes, la manipulación de evidencias y la existencia de testimonios contradictorios. A pesar de los esfuerzos realizados, nunca se pudo determinar con certeza qué ocurrió realmente en la Clínica Santa María en enero de 1982.

La decisión de la Corte Suprema de no otorgar una indemnización a Lillo Gutiérrez también plantea interrogantes sobre los derechos de los acusados y la responsabilidad del Estado en casos de errores judiciales. Si bien es cierto que la Corte Suprema consideró que la condena inicial no fue injustificadamente errónea, también es cierto que Lillo Gutiérrez sufrió un daño como consecuencia de ella, al ser condenado a prisión y estigmatizado públicamente.

Este fallo podría sentar un precedente importante en casos similares, en los que personas condenadas por delitos son posteriormente absueltas. La Corte Suprema ha establecido que una diferencia de criterio entre tribunales no es suficiente para configurar un error judicial indemnizable, lo que podría dificultar que las personas que han sido víctimas de errores judiciales obtengan una compensación por los daños sufridos.

En definitiva, el caso Frei Montalva ha dejado una profunda huella en la sociedad chilena y ha generado un debate sobre la justicia, la verdad y la memoria histórica. La decisión de la Corte Suprema de cerrar el caso sin otorgar una indemnización a Lillo Gutiérrez es un recordatorio de que la búsqueda de la justicia puede ser un proceso largo y complejo, y que no siempre se obtienen los resultados deseados.

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