La Unidad de Información Financiera (UIF) implementó un mecanismo estricto para la detección y reporte inmediato de operaciones sospechosas vinculadas al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. La medida, que entró en vigencia el jueves, obliga a todos los sujetos involucrados con este tipo de artefactos a cumplir con un procedimiento específico.
La resolución 3/2026 publicada en el Boletín Oficial dispone que los sujetos obligados, como entidades financieras, casas de cambio y remesadoras de fondos, deberán informar toda operación relacionada con bienes o activos que puedan estar bajo control de personas o entidades designadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Asimismo, deberán reportar cualquier circunstancia que indique vínculos con programas de desarrollo de armas nucleares, biológicas, químicas o misiles balísticos.
El reporte de estas operaciones sospechosas debe realizarse sin demora, con un plazo máximo de 24 horas desde la realización o tentativa de la operación. En caso de imposibilidad material para cumplir con este plazo, se requerirá una intervención judicial inmediata.
Además, la normativa contempla la aplicación de un congelamiento administrativo inmediato sobre los bienes o activos involucrados en este tipo de operaciones. Esto implica la inmovilización y prohibición total de disposición, transferencia o manejo de los activos.
"Esta clase de procedimientos obligará a utilizar el sistema Reporte Orden de Congelamiento y a remitir toda la información pertinente en un plazo que no exceda las 24 horas desde que se emita la comunicación oficial", explicaron las autoridades.
Durante la ejecución de la medida, los sujetos obligados deben abstenerse de avisar a los clientes o terceros sobre la naturaleza y los antecedentes del congelamiento. Solo podrán informar que los bienes se encuentran "congelados en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N 26.734, en el Decreto N 918/2012 y sus modificatorios, y en la presente resolución".
El incumplimiento de estas obligaciones derivará en la aplicación de sanciones contempladas en la Ley N 25.246, que podrían ir desde multas económicas hasta una inhabilitación por cinco años.
Con esta nueva normativa, la UIF busca fortalecer los mecanismos de control y prevención del financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, en línea con las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.












