Una jueza federal de Estados Unidos frenó la cancelación del Estatus de Protección Temporal (TPS) para Honduras, Nicaragua y Nepal, determinando que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) actuó de forma ilegal al intentar poner fin al beneficio. Como resultado, los beneficiarios del TPS en Estados Unidos conservan tanto su estatus migratorio como su derecho a trabajar, sin necesidad de realizar trámites adicionales.
La decisión judicial deja sin efecto la cancelación del TPS y ordena la extensión automática de los permisos de empleo (EAD) de los hondureños amparados por este programa. Esto significa que incluso los permisos que aparecen vencidos en su formato plástico siguen siendo válidos y aceptables para trabajar legalmente en el país.
Abogados vinculados al litigio y organizaciones defensoras de derechos migratorios aclararon que los beneficiarios no deben realizar ningún pago ni llenar formularios para esta extensión, ya que es automática por orden de la corte. Asimismo, los empleadores están obligados a aceptar los permisos extendidos, y negarse a hacerlo o exigir documentos adicionales puede generar sanciones legales.
En cuanto a otros beneficios vinculados al TPS, como la licencia de conducir, aún se está a la espera de lineamientos administrativos por parte de los Departamentos de Vehículos Motorizados (DMV). Generalmente, estas entidades emiten instrucciones oficiales días después de los fallos judiciales, por lo que en el corto plazo podría haber definiciones al respecto.
La única vía para revertir esta extensión automática sería una apelación exitosa del gobierno estadounidense ante una corte superior, incluida la Corte Suprema. Mientras eso no ocurra, la orden judicial se mantiene plenamente vigente, dejando sin efecto la cancelación del TPS para Honduras, Nicaragua y Nepal.












