El Congreso aprobó y despachó la Ley Jacinta el pasado 16 de diciembre, una normativa que endurece los requisitos para la obtención de la licencia de conducir en Chile. La ley, nombrada en honor a la pequeña Jacinta González Schnitzer, una bebé de 5 meses que falleció en un accidente de tránsito, introduce una serie de cambios en las leyes de Tránsito y de Seguros Obligatorios de Accidentes Personales (SOAP).
La principal modificación es que los postulantes a la licencia de conducir deberán presentar una declaración jurada en la que afirmen no padecer enfermedades incapacitantes o restrictivas. Si ocultan esta información y se ven involucrados en un accidente, cometerán una infracción grave y se les cancelará la licencia.
Además, se aplicarán cambios en los procedimientos municipales para acreditar la "idoneidad física y psíquica" de los conductores. Estas modificaciones serán reglamentadas por los ministerios de Transportes y Salud en un plazo de 12 meses.
Otras disposiciones de la Ley Jacinta incluyen:
- Mayor protección para niños en motocicletas: se fija una edad mínima de 12 años para transportarlos, se exige una posición segura y se prohíbe llevarlos entre el conductor y el manubrio.
- Duplicación de las coberturas del SOAP: el seguro pasa de 300 a 600 UF en caso de fallecimiento, y de 200 a 400 UF en caso de lesiones. Además, se reducen los plazos de pago a 7 días en caso de fallecimiento.
- Extensión del fuero laboral por la pérdida de un hijo: se incorpora al Código del Trabajo un fuero laboral de un mes para madres y padres trabajadores que enfrenten el fallecimiento de un hijo.
La Ley Jacinta busca fortalecer la seguridad vial y brindar mayor protección a los usuarios más vulnerables de las calles y carreteras de Chile.











