El 2026 será un año con un total de 12 días feriados en Costa Rica, según una revisión del calendario realizada por este medio. Cuatro de estas fechas se ubicarán en días viernes o lunes, lo que junto a sábados y domingos conformará varios fines de semana largos.
Es importante destacar que no todos los feriados son de pago obligatorio. Específicamente, el 2 de agosto (domingo), el 31 de agosto (lunes) y el 1 de diciembre no son considerados feriados de pago obligatorio. Esto significa que, si bien son días no laborables, los empleadores no están obligados a pagar salario a sus trabajadores por esas fechas.
Las otras nueve fechas feriadas sí son de pago obligatorio, lo que implica que los trabajadores deben recibir su salario normal incluso si no acuden a sus puestos de trabajo ese día. Además, quienes sí laboren en esas jornadas podrán recibir un salario doble, dependiendo de la modalidad de pago establecida por cada empresa.
Según informó la firma de abogados BDS, no se ha establecido ninguna disposición legal que permita el traslado de días feriados, como ocurrió en años anteriores. Esto significa que las conmemoraciones deberán celebrarse en la fecha que les corresponde.
Por otra parte, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) aclaró que ningún trabajador está obligado a laborar en esos días feriados, a menos que así lo haya acordado previamente con su empleador. Si un colaborador se niega a trabajar en un feriado, no podrá ser sancionado por esa razón.
Cabe destacar que esta normativa aplica tanto para empresas nacionales como transnacionales o internacionales que operen en Costa Rica. Todas deberán conceder estos días feriados a sus trabajadores.
Finalmente, el Código de Trabajo establece que cualquier convenio sobre la renuncia al disfrute de estos días feriados será considerado nulo.












