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Superintendencia de Mercado de Valores agiliza atención de reclamos de accionistas

Superintendencia de Mercado de Valores agiliza atención de reclamos de accionistas

La Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) ha modificado el reglamento de reconocimiento de la titularidad sobre acciones, dividendos y demás derechos, con el objetivo de agilizar la atención de los reclamos presentados por los accionistas de empresas.

Uno de los principales cambios es la incorporación de un listado expreso de datos mínimos que deben figurar en el escrito de reclamación, como la identificación del socio, su domicilio, medio de notificación, apoderado y, de ser el caso, número de certificados o expediente. Antes, el reglamento no precisaba los datos que debían incluirse.

Expertos consultados por Gestión consideran que esta medida es necesaria, ya que muchas veces los accionistas minoritarios de sociedades anónimas abiertas son personas poco sofisticadas a nivel legal, y la falta de información completa en los reclamos dificultaba su atención por parte de la SMV.

"Si presentan un reclamo y luego no está el nombre completo, o no está el DNI, podría haber dudas sobre cómo hacer el cruce entre el pedido y los registros de la compañía o la SMV. Y si no está el domicilio o el correo, ¿cómo se comunica el supervisor?", explicó Álvaro Castro, socio de Damma Legal Advisors.

Otra modificación importante es que estos reclamos ahora tienen un silencio administrativo negativo. Es decir, si se cumple el plazo establecido (90 días contados a partir del día siguiente de la elevación del expediente por parte de la empresa, o 120 días para las reclamaciones que se presenten en el régimen simplificado), el accionista puede considerar su reclamo como rechazado.

Esto implica que, al constatar la denegatoria, el accionista puede interponer un recurso de reconsideración o una acción judicial, es decir, un contencioso administrativo.

"Para evitar cualquier clase de dudas, se está incluyendo que este es un procedimiento con silencio administrativo negativo", manifestó Luis Miguel Garrido, asociado senior del estudio Rubio Leguía Normand.

Los expertos explicaron que los reclamos de los accionistas pueden ser no solo sobre dividendos, sino también sobre la emisión de acciones liberadas o sobre derechos económicos de acciones puestas en prenda.

Finalmente, Diego Carrión, socio del estudio Cuatrecasas, consideró que los últimos cambios de la SMV buscan una mayor estandarización y trazabilidad de las reclamaciones, lo que genera una "mayor predictibilidad" en el marco de estos trámites.

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