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TRIBUNALES PROHIBEN REVISIÓN MIGRATORIA EN AUTOBUSES

TRIBUNALES PROHIBEN REVISIÓN MIGRATORIA EN AUTOBUSES

Un tribunal colegiado determinó que las empresas de transporte de pasajeros y turismo no pueden solicitar a los usuarios que acrediten su estatus migratorio para adquirir un boleto. La resolución declara inconstitucional la política implementada por el Instituto Nacional de Migración (INM) entre 2019 y 2021, que obligaba a las líneas de autobuses a pedir identificación o documentación migratoria.

Magistrados del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México establecieron que exigir el estatus migratorio constituye un acto de discriminación por nacionalidad, violando el artículo 1 de la Constitución. La decisión se tomó al resolver un amparo en revisión promovido por la Clínica de Derechos Humanos del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM (PUDH-UNAM) y el Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI).

La controversia se originó a partir de las prácticas del INM, que buscaba controlar la movilidad de personas migrantes a través de las empresas de transporte. Esta política generó denuncias por discriminación y violaciones a los derechos humanos, ya que obligaba a las personas a revelar su situación migratoria para poder viajar en autobús, exponiéndolas a posibles detenciones y abusos.

El tribunal ordenó al Instituto Nacional de Migración a crear y difundir una estrategia de acción que establezca explícitamente que las personas pueden adquirir boletos de autobús en cualquier taquilla y central de autobuses sin necesidad de identificarse o comprobar su situación migratoria. Esta estrategia debe incluir mensajes dirigidos a migrantes, considerando una perspectiva de género, infancia y edad.

Además, el tribunal instruyó al INM a implementar un programa de visitas de verificación en las centrales de autobuses para asegurar que los usuarios puedan adquirir boletos sin ser identificados y que no sean detenidos durante sus traslados o al llegar a sus destinos. El objetivo es garantizar el derecho al libre tránsito y evitar la criminalización de la migración.

Para el Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI), las políticas restrictivas implementadas por el INM son contraproducentes y peligrosas, ya que fomentan el mercado negro del tráfico de personas migrantes y ponen en riesgo la vida, la dignidad y la integridad física de quienes se encuentran en situación de movilidad.

Con esta resolución, el Poder Judicial envía un mensaje claro: la movilidad humana no es un delito y la gestión migratoria no puede estar por encima de la Constitución. Esta victoria jurídica no sólo restituye el derecho al libre tránsito, sino que rompe con un paradigma de criminalización que empujaba a las personas migrantes especialmente a mujeres, niñas y niños a rutas clandestinas. Hoy se sientan las bases para una política migratoria que priorice la dignidad humana sobre la contención migratoria y la criminalización , señaló el IMUMI en un comunicado.

La decisión del tribunal representa un importante avance en la defensa de los derechos de las personas migrantes en México. Al prohibir la revisión migratoria en los autobuses, se elimina una práctica discriminatoria que vulneraba su derecho al libre tránsito y los exponía a riesgos innecesarios.

La resolución también obliga al INM a replantear su estrategia de gestión migratoria, priorizando el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las personas migrantes. La creación de una estrategia de acción y un programa de verificación son pasos importantes para garantizar que las políticas migratorias se ajusten a los principios constitucionales y a los estándares internacionales de derechos humanos.

La Clínica de Derechos Humanos de la UNAM, que participó en la promoción del amparo, celebró la decisión del tribunal como un logro significativo en la lucha contra la discriminación y la criminalización de la migración. La clínica ha trabajado durante años en la defensa de los derechos de las personas migrantes, brindando asesoría legal y acompañamiento a quienes han sido víctimas de abusos y violaciones a sus derechos.

La resolución del tribunal tiene implicaciones importantes para las empresas de transporte de pasajeros y turismo, que ahora deberán garantizar que sus políticas y prácticas respeten el derecho al libre tránsito de todas las personas, independientemente de su estatus migratorio. Las empresas que incumplan esta obligación podrían enfrentar sanciones legales.

La decisión también podría tener un impacto en la forma en que el INM aborda la gestión migratoria en el futuro. La obligación de crear una estrategia de acción y un programa de verificación podría llevar al instituto a adoptar un enfoque más respetuoso de los derechos humanos y a priorizar la dignidad de las personas migrantes.

En resumen, la resolución del tribunal colegiado representa un paso importante hacia la construcción de una política migratoria más justa y humana en México. Al prohibir la revisión migratoria en los autobuses y obligar al INM a replantear su estrategia, se sientan las bases para un sistema migratorio que respete los derechos humanos y la dignidad de todas las personas, independientemente de su origen o estatus migratorio.

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