La Sala Constitucional acogió para estudio un recurso de amparo interpuesto por Hermilink Chinchilla Corrales, presidente del Concejo Municipal de San Ramón, contra la suspensión temporal impuesta por ese órgano, tras una denuncia de la alcaldesa Gabriela Jiménez Corrales, por presunta violencia política y supuesto acoso sexual.
Chinchilla, regidor del Partido Liberación Nacional (PLN), alegó que la suspensión de cuatro meses y 15 días, dictada en su contra como medida cautelar, constituye "una sanción anticipada e ilegal". El verdiblanco también argumentó una lesión al derecho de defensa y del debido proceso, ya que en el procedimiento disciplinario, según expuso, no se habría dado un traslado formal de cargos, ni relato de los hechos. Además, reclamó que el órgano director que recomendó la suspensión, y que fue finalmente avalada por el Concejo, estuvo integrado por funcionarios municipales, subalternos de la alcaldesa Jiménez, "comprometiendo su imparcialidad".
Debido a esta situación, Chinchilla solicitó la recusación de los integrantes, alegando una supuesta parcialidad. No obstante, la gestión fue rechazada por el Concejo Municipal, que mantuvo la decisión de suspenderlo de la presidencia del órgano.
Según el regidor verdiblanco, esta medida implicaría que no regrese al cargo para el cual fue electo, pues la suspensión abarcaría lo que resta del periodo de dos años, el cual culmina el próximo 1. de mayo. Para Chinchilla, esta situación supondría una "sanción definitiva de hecho sin juicio previo".
Chinchilla calificó la medida en su contra como "hostigamiento y persecución" y aseguró que esta sería consecuencia de su combate contra la corrupción y de "denunciar la injerencia del narcotráfico en la política del cantón de San Ramón".
La Sala Constitucional admitió el recurso para estudio el pasado 29 de diciembre. El caso se tramita bajo el expediente 25-039922-0007-CO, y está a cargo del magistrado Luis Fernando Salazar Alvarado.












